Escribe: Andrea Camila Rodríguez Carpio*, miembro colaborador del Taller de Derecho Ambiental.

En los últimos años, la minería en el Perú ha crecido de manera significativa, debido a las reformas en las políticas de inversión y al incremento en el precio de los metales y minerales a nivel mundial. A pesar de ello, existe una fuerte oposición por parte de la población, poniendo en jaque a varios proyectos mineros.  

En este contexto, el ejercicio de la participación ciudadana cobra importancia, ya que permite que la población pueda acceder a  información oportuna, adecuada y responsable, con respecto a las políticas, planes, programas y proyectos de inversión, esbozadas o en ejecución. Además, contribuye a canalizar, de manera organizada y formal, las opiniones, posiciones, puntos de vista, entre otros (Contreras, 2015), superando, de esta manera, la mirada netamente formal y distante, de un experto que sabe poco o nada, de las preocupaciones de la población. 

En pro del interés de fomentar la participación ciudadana, la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992) señala lo siguiente: “el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones”.

En nuestro país, a partir de la creación del Ministerio del Ambiente en el año 2008, se potenció la importancia de la participación ciudadana respecto a los proyectos mineros. Sin embargo, nuestra Constitución ya hacía mención de esta, otorgándole rango de derecho dentro del artículo 2 numeral 1, en la cual se establece que todos los ciudadanos tienen derecho de participar en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Además, este derecho fue fortalecido por distintos marcos normativos, como: la Ley General del Ambiente, Ley N° 28611; Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Ley N° 27446 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; el Reglamento sobre Transparencia de Información Pública Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento de Participación Ciudadana en el Subsector Minero, aprobado por el Decreto Supremo N° 028-2008-EM; Ley Nº 29875, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocido en el convenio 169 de la OIT y su reglamento aprobado por el Decreto Legislativo N° 001-2012-MC; y en las Normas que Regulan el Proceso de Participación en el Subsector Minero por medio de la Resolución Ministerial N° 304-2008-MEM/DM.

A pesar de contar con una ingente cantidad de normativas, su aplicación en concreto se enfrenta a una serie de problemáticas, como, por ejemplo: la existencia de una serie de deficiencias en el ejercicio de la participación ciudadana, como el uso de un lenguaje técnico-jurídico, la carencia de traductores, el racismo, la falta de comunicación entre los líderes y sus comunidades, la falta de monitoreo y seguimiento por parte del Estado y, por último, la carencia de un enfoque intercultural con perspectiva de género (Valencia, 2018). 

El Reporte de Conflictos Sociales N° 218 de la Defensoría del Pueblo, correspondiente al mes de abril del presente año, da cuenta 132 conflictos socioambientales, de los cuales se identificaron que 87 provenían de la actividad minera, revelando así la situación crítica en la que nos encontramos. Por ello, resulta indispensable fortalecer la participación ciudadana, aplicando correctamente las normativas establecidas e incluyendo nuevas herramientas y/o enfoques, que permitan crear un ambiente de diálogo activo, el cual conducirá a resultados óptimos, tanto para la población como para la empresa encargada de realizar esta actividad. 

*”Las opiniones expresadas en el presente son de exclusiva responsabilidad del/la autor/a y no necesariamente reflejan los puntos de vista del Taller de Derecho Ambiental”.

 

FOTOGRAFÍA: ESAN

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS: 

Contreras, F. (2015). El derecho de acceso a la participación ciudadana ambiental en actividades mineras. SPDA. https://spda.org.pe/?wpfb_dl=1108

Defensoría del Pueblo. Reporte de Conflictos Sociales N°218 de la Defensoría del Pueblo. (2022). https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2022/05/Reporte-Mensual-de-Conflictos-Sociales-n.%C2%BA-218-%E2%80%93-abril-2022.pdf

Valencia, A. (2018).  Participación ciudadana en la evaluación ambiental del sector minero en el Perú: Análisis de las dinámicas participativas e incorporación del enfoque de género. Cuaderno de Investigación N° 8. Escuela de Gobierno y Políticas Públicas: Pontificia Universidad Católica del Perú. https://repositorio.pucp.edu.pe/index/bitstream/handle/123456789/124219/cuaderno-investigacion-EG-8%20%281%29.pdf?sequence=1&isAllowed=y

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