Por: Nicol Vásquez Rodríguez,

Estudiante de Derecho y miembro pregrado del TDA

Los días 22 de junio y 30 de julio de 2021 se registraron dos sismos. El primero de magnitud 6.0 con epicentro a 33 kilómetros de la ciudad de Mala. El segundo de magnitud 6.1 con epicentro a 12 kilómetros de la ciudad de Sullana. El sismo ocurrido el 22 de junio produjo daños en la región Lima, siendo los principales la caída de piedras provenientes de áreas de pendiente alta, fisuras en suelos blandos, colapso de paredes, y daños parciales en viviendas de adobe y edificios (Instituto Geofísico del Perú, 2021). Por otro lado, según el Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI, el sismo del 30 de julio dejó 1573 personas afectadas, 165 damnificadas, 41 viviendas inhabitables y 395 viviendas dañadas en 7 provincias de la región Piura (Andina, 2021). 

Estos dos acontecimientos relativamente recientes pusieron en el foco de la atención mediática de la opinión pública a los llamados “desastres naturales”, a razón del sensacionalismo sobre la magnitud de los daños ocasionados. No obstante, tales acontecimientos merecen una reflexión profunda sobre temas fundamentales como: ¿qué es un desastre? ¿cómo prevenir el riesgo de desastres? ¿en qué consiste el ordenamiento territorial? ¿qué involucran el riesgo y el peligro? 

Primero, los desastres son situaciones en las que determinada población de personas se ve afectada por el impacto de un evento natural, de manera que la recuperación es improbable sin ayuda externa (Grupo Propuesta ciudadana, 2017). Un desastre claramente no es un sismo o una inundación, sino los efectos que estos producen en la sociedad (Lavell, 2005). Es decir, sin estos efectos se trata netamente de eventos o fenómenos de la naturaleza. 

Dos conceptos más a tomar en cuenta son: riesgo y peligro. El Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, define al riesgo como la probabilidad de que la población y sus medios de vida sufran daños y pérdidas a consecuencia de su condición de vulnerabilidad y el impacto de un peligro. Además, define al peligro como la probabilidad de que un fenómeno físico, de origen natural o inducido por la acción humana, se presente en un lugar específico, con una cierta intensidad y en un período de tiempo y frecuencia definidos. 

De los conceptos señalados en la citada norma, se hace referencia a la vulnerabilidad de la población, definida como la susceptibilidad de sufrir daños y tener dificultades para recuperarse, siendo resultado de procesos sociales, los cuales a su vez son consecuencias o componentes de los distintos estilos o modelos de crecimiento y cambio social adoptados o impuestos en diferentes países (Lavell, 2005). 

En este contexto, es necesario que la sociedad gestione adecuadamente el riesgo de desastres. Al respecto, el artículo 3° de la Ley N° 29664, señala que la gestión de riesgos es un proceso social cuyo fin es la prevención, reducción y control permanente de los factores de riesgo de desastres en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante dichas situaciones. Por tanto, debe basarse en la investigación científica y registro de información, a fin de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado. De esta forma, la gestión del riesgo de desastres implica decisiones respecto del uso y ocupación del territorio, por lo cual se encuentra circunscrita dentro del ordenamiento territorial (en adelante, OT).

Sobre el particular, el OT consiste en un proceso técnico, administrativo y político de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio. Como señala Glave (2010), es primordial incluir al territorio en la estrategia de desarrollo y de las actividades que se relacionan con dicha estrategia. Uno de los objetivos del OT es prevenir y corregir la localización de los asentamientos humanos, de la infraestructura económica y social, de las actividades productivas, y de servicios básicos en zonas de riesgo.  

Algunos de los instrumentos del OT son: a) la zonificación ecológica y económica(en adelante ZEE), la cual ayuda a tomar decisiones sobre la ocupación y el uso del territorio; b) los estudios especializados, de los cuales se puede identificar los peligros naturales y/o tecnológicos y las condiciones de vulnerabilidad a fin de calcular los riesgos para posteriormente reducir y mitigar los efectos de los desastres; c) el diagnóstico integrado del territorio; entre otros. Estos instrumentos tienen la finalidad de levantar información y constituirse como parte de acciones preventivas en cuanto a planificación y gestión se trata.

De esta forma, el OT y sus instrumentos se constituyen como una pieza clave en la toma de decisiones sobre el uso de suelos, la ubicación de la población y el equilibrio que entre ambos debería existir. No obstante, estos son instrumentos meramente  declarativos, por lo que necesitan de una ejecución concreta por parte de las entidades en cada nivel de gobierno, a fin de ser efectivos. 

Por ejemplo, la región Piura, en  2017 ya contaba con uno de los procesos más avanzados de OT en el país al haber culminado la mesozonificación regional a escala 1:100,000 a raíz de la Ordenanza Regional N° 261-2013/GRP-CR. Sin embargo, la ocupación territorial se ha dado de manera incorrecta e incluso se han mantenido y aumentado los factores de riesgo ya presentes tales como la presencia de asentamientos en el suroeste, noroeste y este de la ciudad de Piura, así como en el centro de Catacaos (Grupo Propuesta Ciudadana, 2017). Este hecho fáctico es consecuencia del desorden y crecimiento sin planificación, los cuales solo  atenúan las condiciones de vulnerabilidad de las poblaciones que conforman los asentamientos informales, que son una característica de las capitales del país. Entonces, también se requiere  analizar qué tanto han podido ejecutarse los instrumentos de OT en las provincias de la región Piura y cuál ha sido su verdadero impacto frente al sismo ocurrido el 30 de julio pasado. 

A modo de conclusión, si bien el OT es una herramienta necesaria para la gestión de riesgos de desastres, no basta con tener instrumentos declarativos, sino que todos los niveles de gobierno, de acuerdo con sus competencias, deben hacer posible la ejecución de dichos instrumentos a fin de mitigar los efectos de los fenómenos que siempre estarán presentes en la naturaleza, y, disminuir las condiciones de vulnerabilidad características de nuestra vida diaria. Recordemos pues, que la gestión del riesgo requiere de estructuras institucionales permanentes, efectivas y debidamente organizadas. 

 (*) Las opiniones expresadas en el presente son de exclusiva responsabilidad de la autora y no necesariamente reflejan los puntos de vista del Taller de Derecho Ambiental”.

Fotografía: El Comercio

 

FUENTES CONSULTADAS:

Andina  (05 de agosto de 2021) Piura: 38 distritos afectados por sismo de magnitud 6.1 fueron declarados en emergencia. https://andina.pe/agencia/noticia-piura-38-distritos-afectados-sismo-magnitud-61-fueron-declarados-emergencia-856414.aspx

Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)

Decreto Supremo N° 146-2021-PCM, Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en algunos distritos de varias provincias del departamento de Piura, por impacto de daños ante la ocurrencia de movimiento sísmico

Grupo Propuesta Ciudadana (2017) El ordenamiento territorial, la gestión de riesgos de desastres y el fenómeno del niño costero. http://propuestaciudadana.org.pe/wp-content/uploads/2018/07/El-Ordenamiento-territorial-la-gestión-de-riesgos-de-desastres.pdf

Glave, Manuel. (2010) Ordenamiento territorial y desarrollo en el Perú: Notas conceptuales y balance de logros y limitaciones [Archivo PDF] http://www.grade.org.pe/upload/publicaciones/archivo/download/pubs/30_glave.pdf

Instituto Geofísico del Perú (2021) Sismo de Mala del 22 de junio 2021 (M6.0) y niveles de sacudimiento del suelo. https://repositorio.igp.gob.pe/handle/20.500.12816/4958

Lavell, Allan. (2005) Comarcas vulnerables: Riesgos y Desastres naturales en Centroamérica y el Caribe. Desastres y Desarrollo: Hacia un entendimiento de las formas de construcción social de un desastres: El caso del Huracán Mitch en Centroamérica, 11-44.

Ordenanza Regional N° 261-2013/GRP-CR, Ordenanza que aprueba la mesozonificacion ecológica económica del departamento de Piura

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