Derecho Ambiental

[Noticia] Prohibición del tecnopor entra en vigencia: El MINAM proscribe su producción, importación y comercio interno

Por 23 diciembre, 2021Sin Comentarios

Escribe: Briyid Yeraldine Arias Lorenzo, miembro pregrado TDA

A partir del 20 de diciembre entró en vigencia el numeral 3.3 de la Ley N° 30884 – Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, publicado el 18 de diciembre de 2018 y que dispuso el plazo de 36 meses para la aplicación de la prohibición de fabricar para el consumo interno, importar, distribuir, entregar y consumir bolsas plásticas no reutilizables, platos, vasos, utensilios y vajillas de plástico y tecnopor que no sean reciclables, así mismo se busca reemplazar el material por polímero vegetal. 

Cabe precisar que el objetivo de la normativa es establecer el marco regulatorio sobre el plástico de un solo uso y otros no reutilizables y los recipientes o envases descartables de tecnopor para alimentos y bebidas de consumo humano en el ámbito nacional para que de ese modo se pueda contribuir en la concreción del derecho a gozar de un ambiente sano y equilibrado, reduciendo para ello el impacto adverso del plástico de un solo uso. En ese sentido, al no utilizarse más el tecnopor, este será reemplazado por polímero vegetal hecho a base de bagazo de caña de azúcar, para la elaboración de envases y vasos. 

Por otro lado, los representantes de la Asociación de Comerciantes de Plástico han señalado que la entrada en vigencia de la disposición va a generar crisis, especulación y acaparamiento, además de generar una inminente alza en los precios y que los mayores beneficiados serían los importadores en ese sentido, así mismo han señalado que no hubo un consenso en mesa trabajo donde se haya evaluado que se pase a la producción de materiales biodegradables y que se debe realizar una prórroga para la creación de plantas fabricantes de material biodegrable (sustituto del tecnopor) y de esa manera exista competencia. En la exposición de motivos de la norma, sin embargo, se señala que el reconocimiento de las libertades patrimoniales no puede significar su ejercicio limitado y en tal sentido se menciona al artículo 59 de la Constitución y señala que el ejercicio de las libertades de empresa, comercio e industria no debe ser lesivo a la moral, salud, ni seguridad pública, además esta iniciativa está encaminada a la economía circular. 

Fuentes consultadas: 

Diario Gestión. (21 de diciembre de 2021). Crisis, especulación y acaparamiento generará ley que prohíbe tecnopor, dice comerciantes de plástico. https://gestion.pe/economia/crisis-especulacion-y-acaparamiento-generara-ley-que-prohibe-tecnopor-dice-comerciantes-de-plastico-nndc-noticia/

Diario La República. (16 de diciembre de 2021). ¿Por qué se dejará de usar el tecnopor y qué dice la ley que regula el plástico de un solo uso? https://larepublica.pe/datos-lr/respuestas/2021/12/16/tecnopor-por-que-se-dejara-de-usar-y-que-dice-la-ley-que-regula-el-plastico-de-un-solo-uso-ministerio-del-ambiente-atmp/

Agencia de Noticias Andina. (20 de diciembre de 2021) Desde hoy entra en vigencia ley que prohíbe uso de tecnopor en todo el país. https://andina.pe/agencia/noticia-desde-hoy-entra-vigencia-ley-prohibe-uso-tecnopor-todo-pais-874144.aspx

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