Por: Julia Jauregui Romero
Estudiante del quinto año de Ingeniería Ambiental de UNFV y miembro colaboradora del TDA
El Perú actualmente afronta numerosos problemas ambientales vinculados a la falta de planificación territorial: explotación indiscriminada de recursos naturales limitados, degradación de la calidad ambiental en ecosistemas frágiles, empobrecimiento del suelo por cambio de uso constante, etc. Es por ello que, los procesos de Zonificación Ecológica Económica (ZEE) se han convertido en uno de los principales insumos para ordenar un espacio físico determinado a través de la planificación técnica, con el fin de posibilitar el desarrollo sostenible en la explotación de los recursos renovables y no renovables, y a la vez garantizar la conservación del ambiente.
En esa línea, resulta importante precisar que en nuestro país subsisten problemas urbanos concretos de alta prioridad como las crecientes necesidades humanas (demanda de recursos), el aumento de las actividades económicas, el incremento de la generación de residuos sólidos, entre otros.
Frente a estos escenarios, nuestra legislación nacional contempla iniciativas normativas que vienen aplicando desde hace un tiempo, las cuales buscan coadyuvar a la formulación de procesos adecuados de ordenamiento, tal y como plantea el Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica. Dicho instrumento, aprobado por el Decreto Supremo Nº087- 2004- PCM, define a la ZEE de como aquel proceso dinámico y flexible para la identificación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales.
Esto guarda concordancia con lo referido mediante la ley N° 28611, General del Ambiente, la cual refiere mediante su artículo 20° “la planificación y el ordenamiento territorial tienen por finalidad complementar la planificación económica, social y ambiental con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservación y aprovechamiento sostenible”.
Asimismo, el artículo 11° de la Ley Nº2682, Ley Orgánica para el Aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales establece que la ZEE del país se aprueba como apoyo al ordenamiento territorial a fin de evitar conflictos por superposición de títulos y usos inapropiados y demás afines. Dicha Zonificación se realiza en base a áreas prioritarias conciliando los intereses nacionales de la conservación del patrimonio natural con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
En suma, desde un punto de vista normativo, la Zonificación Ecológica Económica (ZEE) constituye un proceso y herramienta que sirve al macroproceso de ordenamiento territorial y ambiental, en la cual se pone a consideración la asignación de usos al suelo, mediante la delimitación de espacios territoriales, definidos y caracterizados en correspondencia con su aptitud de uso, valor ecológico y condiciones socio-económicas específicas lo cual comprende un análisis de la presencia de la actividad humana en sus distintas manifestaciones (asentamientos poblacionales, actividades socio-económicas o culturales y otras formas de ocupación), considerando la distribución y características de la población, sus condiciones de vida y su relación con la naturaleza. (Beltrán Narváez & Pozo Dorado, 2010).
Es importante destacar casos de procesos recientes de Zonificación Ecológica Económica del departamento de Puno, donde se analizaron los aspectos físicos, biológicos, socioeconómicos y cultural; teniendo como mayor resultado zonas de protección y conservación que equivale a 48.35% del área total, la zona productiva con 43.98% del área de estudio, mientras que el 6.7% se debe recuperar por mal manejo y uso del suelo con degradación ambiental; estos resultados claros permiten orientar la toma de decisiones, por ejemplo, la regulación en materia de protección de ecosistemas impactados.
Asimismo, en la propuesta de Zonificación Ecológica Económica del departamento de Junín se estudió las características del territorio con criterios biológicos, físicos, sociales, económicos y culturales, donde se identificó los usos sostenibles para cada una de las zonas. Cabe resaltar que 47.49% de la región se encuentra en zona de protección y conservación ecológica, 29.56% en zonas de recuperación por un mal manejo de las tierras y uso del suelo y el 21.63% son zonas productivas. Esta propuesta servirá como referencia a las diversas instancias de gobierno y a la sociedad civil.
Como se puede apreciar, en función a los ejemplos referidos, la Zonificación Ecológica Económica constituye una herramienta técnica que poco a poco va incorporándose a las funciones de gestión ambiental facilitando la preservación y aprovechamiento sostenible de los valores ecológicos, productivos, culturales y paisajístico, sino estuvieren afectados, o en caso contrario mejorar, recuperar, rehabilitar o restaurar los elementos y procesos del ambiente natural y poner en valor los recursos insuficientemente aprovechados.
FUENTES CONSULTADAS:
- Beltrán Narváez, C. R., & Pozo Dorado, G. E. (2010). Zonificación Ecológica Económica y propuesta de gestión integral de los recursos naturales del Cantón Ibarra.
- Gobierno Regional Puno. (2015). Zonificación Ecológica y Económica departamento de Puno. Puno.
- Junín, G. R. (2015). Zonificación Ecológica y Económica del departamento de Junín a nivel Meso y escala a 1:100 000. Junín.
- MINAM. (2008). Diagnóstico Ambiental del Perú. Lima.
- Decreto Supremo Nº087- 2004- PCM, Zonificación Ecológica y Económica – ZEE
- Ley N. ª 28611, General del Ambiente. (MINAM)
- Ley Nº2682, Ley Orgánica para el Aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales
- Diario Gestión (2020). Deforestación en Perú habría alcanzado 147 000 hectáreas en el 2019. Obtenido de https://gestion.pe/peru/minam-deforestacion-en-peru-habria-alcanzado-147000-hectareas-en-el-2019-noticia/
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